- Las partes podrán acordar la designación de una Autoridad Nominadora, con facultades para designar o sustituir árbitros o resolver recusaciones.
- A falta de acuerdo, el Centro de Conciliación y Arbitraje o el Centro de Arbitraje, conforme a sus reglamentos, designará una Autoridad Nominadora.
- A falta de acuerdo, en el arbitraje Ad Hoc, la Autoridad Nominadora será el Juez competente.
Ley de Conciliación y Arbitraje Bolivia
Sección II. ÁRBITROS
Actualizado: 6 de noviembre de 2023