Codigo Procesal Civil Bolivia

Capítulo primero. Ejecución de Sentencias

Artículo 403. EFECTOS CON RELACIÓN A TERCEROS

La revocación y la casación en ningún caso podrán perjudicar los derechos de terceros de buena fe que adquirieron a título oneroso; tampoco darán lugar a la anulación de los actos o contratos que hubieren sido celebrados con la o el propietario aparente de los bienes.

Actualizado: 5 de diciembre de 2023

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Concordancias

FUENTE: art. 458 ACPC. 

CONCORDANCIAS: art.1485 CC, nulidad de actos ejecutivos.