Codigo Procesal Civil Bolivia

Sección III. Confesión

Artículo 161. REQUISITOS DE LA CONFESIÓN.

Los requisitos de la confesión son:

  1. Tener la o el confesante capacidad de obrar y poder de disposición sobre el derecho.
  2. Recaer sobre hechos que produzcan consecuencias jurídicas adversas al confesante o favorables a quien la defiera.
  3. Ser libre, expresa y consciente.
  4. Versar sobre hechos personales de la o el confesante o de los que tuviere conocimiento directo.
  5. Estar debidamente probada, si fuere extrajudicial.

Actualizado: 8 de enero de 2024

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FUENTE: art. 187 ACPC; art. 408 CPCA. 

CONCORDANCIAS: arts. 1.3 y 66 CPC; arts. 4, 15 y 1300 CC.